viernes, 24 de abril de 2009

“VENCIMIENTO DE LAS RESIDENCIAS PRECARIAS”

“Vencen el 31 DE MAYO DE 2009”Según Disposición DNM Nº76.748 del 16 Oct. de 2008
OBSERVACIONES A TENER EN CUENTA*QUE a partir de dicha fecha, todas las actuaciones (documentaciones de la segunda etapa) que no se hubieren presentado a la DNM, quedaran anuladas, por lo que las “credenciales precarias” dejaran de ser un documento valido a los fines de acreditar la legal residencia de su titular en el Territorio Nacional.-
*QUE los tramites presentados en su segunda etapa cumplida, y que al 1º de Junio de 2009 no cuenten con la Disposición que resuelva la solicitud de residencia, se le otorgara al titular un certificado de residencia precaria con validez de hasta 90 días (noventa), prorrogable hasta la resolución del tramite.-

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